LLAMADO A LICITACION NACIONAL E INTERNACIONAL DE OFERTAS Y ANTECEDENTES PARA LA CONCESION DE LA ACTIVIDAD FUTBOLISTICA DEL CLUB FERROCARRIL OESTE ASOCIACION CIVIL

 

A propuesta del Organo Fiduciario designado en autos caratulados “FERRO CARRIL OESTE ASOCIACIÓN CIVIL s/ QUIEBRA” en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22 Secretaría Nº 43 a mi cargo,  en concordancia con lo establecido en el inciso i) del artículo 15 de la ley 25.284, he resuelto con fecha ____ llamar a licitación de ofertas y antecedentes para la concesión de la actividad futbolística del Club Ferro Carril Oeste, en adelante denominado el Club, en los siguientes términos:

 

INDICE

 

LLAMADO A LICITACIÓN DE OFERTAS Y ANTECEDENTES PARA LA CONCESION  DE LA ACTIVIDAD FUTBOLISTICA

 

CLUB FERRO CARRIL OESTE ASOCIACIÓN CIVIL

 

  1. TERMINOS GENERALES
  2. PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES
  3. VALOR DEL PLIEGO
  4. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS
  5. DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA PROPUESTA
  6. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

G.    MANTENIMIENTO DE OFERTA

  1. APERTURA
  2. GARANTIAS
  3. ADJUDICACIÓN
  4. IMPUGNACIÓN
  5. COMPETENCIA JUDICIAL
  6. CONSULTAS
  7. CONTENIDO Y OBJETIVOS GENERALES DE LA PROPUESTA

Ñ - CLAUSULAS PARTICULARES A DESARROLLAR EN LA PROPUESTA

 

A.     TERMINOS GENERALES

 

    1. Se recibirán ofertas que propongan la suscripción de un contrato entre el adjudicatario y el Club Ferro Carril Oeste que tenga por objeto la cesión onerosa e integral de la actividad futbolística del Club a una persona física o jurídica que en adelante se denomina indistintamente el Gerenciador y/o el oferente. A tales fines, se considerará actividad futbolística del Club al fútbol profesional,  al fútbol de divisiones inferiores y al fútbol infantil.

 

    1. La elección, por parte de la Jueza de la causa luego de dictamen fundado y circunstanciado del Organo Fiduciario del Club Ferro Carril Oeste, recaerá sobre la persona física o jurídica que ofrezca la propuesta más conveniente para tomar a su cargo la dirección, operación, comercialización y administración por sí y para sí, para tomar decisiones que afecten a la actividad futbolística del Club.

 

Al efecto de seleccionar la propuesta más conveniente se tomará en cuenta el precio, la organización empresaria, el proyecto técnico, la idoneidad y solvencia del oferente, la evaluación de la garantía, el plazo de contratación, el programa de cancelación total del pasivo del Club, las obras a realizar y, en general, todo aquello que represente un beneficio económico, social e institucional para el Club y sus asociados. El Club Ferro Carril Oeste se reserva el derecho de no seleccionar toda oferta que a su juicio resulte inconveniente.

 

    1. Dicha encomienda comprende también, desde la adjudicación de la licitación, hasta tanto se suscriba el pertinente contrato, la obligación de asumir en toda plenitud los compromisos del equipo superior del Club.
    2. Asimismo, es comprensiva del otorgamiento por parte del Club del uso y explotación en exclusividad de todas sus marcas, denominaciones, símbolos y emblemas, combinaciones de colores y demás elementos que distinguen al Club mencionados por la ley 22.363, en tanto estén afectados a la actividad futbolística.

 

    1. El Club Ferro Carril Oeste se reservará la propiedad, el uso y el goce de todos los derechos y bienes que no sean taxativamente cedidos y/o transferidos por el contrato al Gerenciador

 

    1. En caso de ser declarada desierta la Licitación no podrá realizarse contrataciones directas en relación al objeto del presente pliego.

 

    1. El Gerenciador deberá asumir en el contrato las consecuencias económicas de toda decisión que tome en tanto afecten derechos adquiridos por terceros.

 

B – PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

 

INSCRIPCIÓN

 

    1. Podrán concurrir a esta Licitación, personas físicas o jurídicas con conocimiento y antecedentes que lo califiquen como idóneo y competente a fin de llevar a cabo la actividad de gerenciamiento del fútbol.

 

    1. En el caso de personas jurídicas, los antecedentes deberán ser acreditados por los miembros del Organo de Gobierno de la Sociedad y/o por sus socios.

 

    1. El Gerenciador y/o los integrantes de su órgano de gobierno y/o accionistas deberá tener dedicación exclusiva al Club con imposibilidad de desarrollar tareas en competencia con la actividad aquí ofrecida, por sí y/o a través de la participación en otras sociedades.

 

    1. Los titulares de acciones  o cuotas sociales del Gerenciador no podrán transferir sus tenencias a terceros sin autorización previa y expresa de la Señora Juez.

 

    1. El Gerenciador no podrá disminuir su capital durante la vigencia del contrato.

 

    1. El Club podrá rescindir el contrato ante el concurso y/o quiebra del Gerenciador y/o de sus socios mayoritarios.

 

    1. No se aceptarán ofertas realizadas por aquellas personas físicas o jurídicas que tengan pendientes juicios comerciales, civiles o laborales o aleguen poseer créditos de tal naturaleza  contra el Club Ferro Carril Oeste.

 

    1. La presentación de la propuesta implica una renuncia lisa y llana a  todo crédito alegado y/o verificado de naturaleza comercial, civil o laboral, al tiempo de la presentación, contra el Club Ferro Carril Oeste

 

    1. Las sociedades en formación deberán inscribirse, definitivamente, dentro de los treinta días (30) de adjudicados.

 

 

C – VALOR DEL PLIEGO

 

El valor del pliego se fija en DIEZ MIL PESOS ($10.000).

 

D – RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS

 

            Las propuestas se presentarán en sobres opacos, cerrados sin identificación, con la leyenda: LICITACIÓN CONCESION ACTIVIDAD FUTBOLISTICA DEL CLUB FERRO CARRIL OESTE.

 

            Las propuestas serán recibidas hasta el día ___________________ a las 13.00 horas en la Mesa de Entradas del Tribunal de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22 Secretaría Nº 43, sito en la calle Marcelo T. De Alvear Nº 1840 3º piso de Capital Federal.

 

E – DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA PROPUESTA

 

            Constancia de adquisición del pliego y pliego del llamado a licitación debidamente firmado.

 

1-     Ejemplares: Deberá acompañarse la propuesta en original y duplicado, firmada por el oferente y/o su representante legal, con rubricación en todas sus fojas, sin enmiendas ni raspaduras, debiendo en su caso estar debidamente salvadas.

 

2-     Garantía de oferta: Conforme al punto 1) a) del presente pliego.

 

3-     Constancia de inscripción: Constancia que acredite la inscripción sobre los impuestos por los cuales estuviera alcanzado, de acuerdo a las normas vigentes.

 

4-     Constancia de inscripción y su Nº de CUIT

 

5-     Constancia del pago de los últimos seis (6) meses de aportes previsionales vencidos de la Sociedad y de quienes ejerzan la administración y representación de la firma.

 

6-     Balances: De tratarse de una persona jurídica deberá acompañar últimos tres balances de la Sociedad, en caso de tratarse de una Sociedad nueva deberá acompañar balance inicial (los balances deberán certificarse por Contador Público y la firma deberá legalizarse en el Consejo Profesional respectivo).

 

7-     Manifestación de bienes: El oferente y/o cada uno de los directores y/o accionistas de la Sociedad deberán presentar sus declaraciones de bienes (con carácter de declaración jurada, certificación y legalización contable).

 

8-     Bienes registrables: El oferente deberá acompañar fotocopia certificada del título o certificado de dominio actualizado.

 

9-     Garantías otorgadas: Deberá acompañarse una: Declaración jurada de todas las garantías otorgadas a Bancos, y/o compañías financieras y/o entidades comerciales (incluir garantías otorgadas a favor de terceros).

 

10- Para Sociedades: Copia certificada de: a) el contrato social y sus modificaciones, si las hubiere; b) poderes concedidos y c) toda otra documentación que acredite fehacientemente el carácter que revisten la/s persona/s que firma/n las fojas que integran la presentación.

 

11- Suscripción de la propuesta: La presentación deberá estar firmada en todas sus fojas por el titular de la firma. En caso de que la presentación fuere firmada por un representante, deberá acompañarse el poder correspondiente.

 

 

F- ACEPTACIÓN DE CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

 

1 -  La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento y aceptación de las condiciones del pliego, del Estatuto Social del Club Ferrocarril Oeste y sus autoridades, de las formas del fideicomiso de la quiebra,  de las normas de la AFA, y de los organismos internacionales que regulan la actividad futbolística y del marco normativo que la rigen.

 

2 – Toda alteración efectuada sobre el pliego base, no se tendrá por válida debiendo las mismas ser consignadas expresamente como alternativa en la oferta del proponente.

 

3 – El importe pagado por el pliego de licitación, en ningún caso, será devuelto al oferente.

 

4 - En ningún caso el Gerenciador podrá transferir el contrato a terceras personas, físicas o jurídicas, sin previa autorización expresa y por escrito del Juez de la Causa.

 

5- Las propuestas deberán contemplar el cumplimiento de cada uno de los puntos del presente llamado, debiendo hacer referencia la propuesta al punto sobre el cual se está ofertando.

 

6 – Para el caso de que se omitiere contestar algún punto deberá consignarse tal circunstancia en forma expresa manifestando los motivos de tal omisión. Asimismo, si en un punto se contestara más de un ítem de la propuesta, deberá indicarse cuáles son los puntos que se responden.

 

7 – El Gerenciador deberá admitir la fiscalización de la adecuada prestación por parte del Organo Fiduciario y del Juez, a efectos de verificar el adecuado cumplimiento de los compromisos asumidos por el contrato.

 

8 – El Club por medio de sus representantes y quienes éstos designen, tendrá el libre acceso a todas las instalaciones cedidas al Gerenciador a efectos de controlar el uso de las mismas de acuerdo con el destino asignado.

 

9 – El Gerenciador deberá dar cumplimiento a lo adjudicado cumpliendo estrictamente la oferta presentada debiendo aceptar las peticiones del Organo Fiduciario y del Juzgado de la Quiebra.

 

10 – La falta de veracidad de cualquier información que suministre el oferente, significará la pérdida de la garantía de la oferta.

 

11 – El incumplimiento de lo adjudicado dará lugar a la mora automática por el solo transcurso del tiempo, sin necesidad de emplazamiento judicial o extrajudicial alguno, en cuyo caso el Club se reserva el derecho a resolver el contrato y a ejecutar las garantías que deberá constituir el Gerenciador, todo ello sin perjuicio de las sanciones económicas y/o legales que pudieran corresponder.

 

 

G - MANTENIMIENTO DE OFERTA

 

      Los oferentes deberán mantener las ofertas durante cuarenta y cinco (45) días hábiles a contar DESDE EL DIA SIGUIENTE AL ACTO DE APERTURA.

 

H – APERTURA:

 

      La apertura de los sobres con las respectivas propuestas se llevará a cabo el día ________________ a las ______________ horas. Si el día fuera no laborable, dicha apertura tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.

 

      Tal acto de apertura de sobres se realizará por ante el Secretario del Tribunal de la Quiebra sito en la calle Marcelo T. De Alvear 1840 3º piso de la Capital Federal. Una vez abierto el primer sobre, no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas o pedidos de aclaración que interrumpan el acto.

 

I – GARANTIAS

 

GARANTIA DE OFERTA

 

El oferente deberá garantizar el mantenimiento de la oferta con un importe de cien mil pesos ($100.000)

 

GARANTIA DE ADJUDICACIÓN

 

Sin perjuicio de la garantía precedente el adjudicado deberá reforzar la garantía otorgada incrementándola en el importe de Ciento Cincuenta mil pesos ($150.000).

 

GARANTIA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. FINALIZACION

 

A efectos de garantizar el cumplimiento del contrato en todas sus partes, el Gerenciador estará obligado a constituir una garantía mínima de Quinientos mil pesos ($500.000), renovable periódicamente a satisfacción del Organo Fiduciario.

 

CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

 

Las garantías podrán constituirse:

 

1 – Con aval bancario, caución de títulos públicos, o pagaré a sola firma con aval bancario, a satisfacción del Club Ferro Carril Oeste.

 

2 - Por medio de libramiento de cheque certificado a la orden del Club Ferrocarril Oeste Asociación Civil s/ Quiebra.

 

3 – Por medio de depósito en efectivo, en el Banco Credicoop Cooperativo Limitado, Sucursal Villa Mitre, Cuenta Corriente Nro 043-27097/4 a la orden del Club Ferro Carril Oeste Asociación Civil s/ quiebra. La boleta de depósito a utilizar será la que establezca la mencionada Institución Bancaria para tales efectos. Dentro del cuerpo de la boleta se indicará el nombre del depositante, la fecha de la Licitación Pública que corresponda y el número del mismo, completándose los otros datos indicados (fecha e importe).

 

DEVOLUCIÓN DE DEPOSITOS EN GARANTIA:

 

Los depósitos en garantía, previa solicitud del interesado, serán devueltos cuando:

 

1-     Los proponentes no resultaren adjudicatarios.

 

2-     Los adjudicatarios hayan cumplido satisfactoriamente las obligaciones contraídas.

 

J – ADJUDICACIÓN

 

El anuncio de la adjudicación será efectuado el día __________ a la hora ____________ en la Sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22 Secretaría Nº 43, sita en la calle Marcelo T. De Alvear 1840 3º piso de la Capital Federal. Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles a contar desde la notificación de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar ante el Juzgado actuante la acreditación de la formalización de la garantía de adjudicación.

 

K – IMPUGNACIÓN

 

Podrán impugnarse las ofertas presentadas dentro del plazo de dos días corridos a partir de la fecha de apertura de sobres. Asimismo, la adjudicación podrá ser impugnada dentro del plazo de tres días hábiles desde que es notificada por Secretaría del Juzgado. La impugnación no suspenderá la adjudicación. La resolución será recurrible por ante el Señor Juez de la Quiebra, siendo su resolución inapelable.

  

 

L – COMPETENCIA JUDICIAL – PLAZO Y DOMICILIOS

 

1-     El oferente se somete en forma irrevocable a la Jurisdicción del Tribunal en el que tramita la Quiebra del Club Ferro Carril Oeste, Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, Secretaría Nº 43, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o Jurisdicción.

2-     Los plazos que se determinan en el presente pliego, se considerarán en términos de días hábiles administrativos excepto aquellos plazos que en forma expresa sean fijados en días corridos.

 

3-     Los proponentes constituirán domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que se hará constar en forma expresa al pie de la oferta, salvo que dicho domicilio se encuentre impreso en la propuesta; el oferente asume todas las responsabilidades legales por la constitución de este domicilio.

 

M – CONSULTAS

 

      Los interesados en presentar propuestas, podrán efectuar consultas y aclaraciones inherentes a esta Licitación, en días hábiles en el horario de __________ horas en el domicilio del Club, sito en la calle Federico García Lorca 350 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono 4431-0017, 4431-8282 y 4431-6262.

 

N - CONTENIDOS Y OBJETIVOS GENERALES DE LA PROPUESTA

 

El Gerenciador asumirá la responsabilidad propia y exclusiva del cocontratante, actuará inexcusablemente sin relación de dependencia con el Club y deberá asegurar debidamente la indemnidad de los reclamos derivados del objeto del contrato a suscribirse, que pudieran dirigirse en contra del Club.

 

En especial y sólo a título enunciativo, las ofertas deberán proponer:

1 – La determinación y puesta en marcha de la política de crecimiento y desarrollo de la actividad futbolística en todas sus ámbitos.

 

2 – La forma de determinación de la participación del Club en la cesión de derechos de jugadores que el Gerenciador efectuare. La misma deberá contemplar diferentes porcentuales según que el Jugador pertenezca al Club o sea incorporado después de la adjudicación de la presente Licitación. En el primer caso deberá considerarse, también, el momento en que los jugadores hayan sido fichados para el Club.

 

3 – La forma de contratación, designación, remuneración y remoción del personal y los profesionales afectados a la actividad futbolística en el Club, como así también la creación y reasignación de cargos y jerarquías laborales y deportivas.

 

4 - La cesión de derechos de los diseños de camisetas del equipo a firmas de indumentaria deportiva. El oferente deberá considerar que, en la actualidad, hay un contrato vigente con la fabricante de indumentaria deportiva “REUSCH” cuya vigencia se extiende hasta el 31 de Julio de 2007 o hasta la culminación del campeonato de fútbol en que intervenga el Club Ferro Carril Oeste, durante el curso de este año.

 

Ñ – CLAUSULAS PARTICULARES A DESARROLLAR POR LA PROPUESTA

 

      La propuesta necesariamente deberá contener una descripción clara y precisa para cada uno de los siguientes puntos:

 

1        Antecedentes comprobables en la actividad del oferente. De tratarse de una persona jurídica, la de sus integrantes.

 

2         Proyecto propuesto para la actividad futbolística.

 

3         Integrantes y recursos humanos a aplicar en el proyecto. Con detalle de los antecedentes profesionales de cada uno. En el caso de absorber personal del Club deberá calcular el impacto económico de tal decisión.

 

4         Plazo de contratación que se propone, el que no deberá superar el día ___ de _______ de 20___.

 

5        Inversión que se compromete a realizar, plazo de las mismas y memoria descriptiva señalando las fechas de habilitación comprometidas. Criterio de evaluación considerados.

 

6        Espacios físicos previstos para el desarrollo de la actividad. Desarrollo integral del predio de Pontevedra.

 

7        Representante en la actividad. Datos de la organización empresaria.

 

8        Residencia para los jugadores y lugares de práctica y concentración.

 

9        Monto y forma de pago de los viáticos y la movilidad.

 

10    Forma en que se brindará la atención médica, psicofísica y nutricional.

 

11    Forma de contratación de seguros y cláusula de indemnidad del Club, Compañía aseguradora propuesta.

 

12    Cantidad de jugadores profesionales. Listado de jugadores a aportar, nuevas incorporaciones. Determinación de valores. Propuesta de inversión en nuevos jugadores. Porcentual de jugadores cuyos derechos federativos y económicos sean del Club a la finalización del contrato.

 

13    Titularidad de los derechos económicos sobre los jugadores y participación en las transferencias y porcentajes de participación por las transferencias a favor del Club.

 

14    Proyecto para divisiones inferiores, fútbol infantil y proyecto para jugadores amateur.

 

15    Prestación económica en beneficio del Club. La misma deberá contemplar necesariamente la cancelación del pasivo a efectos de levantar el estado de quiebra del Club, la que podrá efectuarse por la presentación de constancias expedidas por los acreedores verificados en la Quiebra del Club, equivalentes a los montos de dicha prestación. Ello deberá efectuarse mediante escrito con firmas autenticadas por el notario y ratificadas por el Secretario del Tribunal actuante.

 

16    Estadio. Adecuación a normas legales y reglamentarias (GCBA, FIFA, AFA, etc.). Inversiones a efectuar, destino, monto, plazo y condiciones. Costo. Impuestos sobre el inmueble, mantenimiento del Estadio. Reconocimiento de la participación del Club en la explotación del Estadio de Fútbol para eventos no futbolísticos (sociales, culturales, artísticos, etc.).

 

17    Utilización de otras instalaciones del Club, anexos, para la actividad, etc.

 

18    Forma de explotación de la marca. Merchandising propuesto y porcentaje de participación a favor del Club.

 

19    Propuesta publicitaria, estática, dinámica, vestimenta deportiva y participación a favor del Club.

 

20    Derechos de imagen, derechos informáticos y participación a favor del Club.

 

21    Derechos de televisación.

 

22    Derechos sobre los ingresos deportivos. Premios al Club en dinero y/o bienes.

 

23    Propuesta sobre recaudaciones. Personal a asignar a las reuniones deportivas. Seguridad – Sanidad –Protección de los bienes del Club.

 

24    Descripción del impacto fiscal (previsional e impositivo) de las contrataciones.

 

25    Explotación de los servicios y personal del Club durante los eventos.

 

26    Participación obligatoria en todos los campeonatos profesionales y amateurs organizados por la AFA y todos aquellos, nacionales e internacionales, relacionados con la actividad futbolística.